Política

¿Cambios en el impuesto a las ganancias para empresas?



Luego de la aprobación de una Ley para elevar el mínimo no imponible, el Gobierno envió un nuevo proyecto de ley que busca modificar la Ley de Impuesto a las Ganancias. Se buscan establecer nuevas alícuotas que determinan lo que deben pagar las sociedades comerciales.

El proyecto del Ejecutivo tiene por objetivo compensar parcialmente el mayor gasto que el Estado asumirá por la elevación del mínimo no imponible a $150.000 para personas físicas, sancionado recientemente.

Antecedentes del impuesto a las ganancias para sociedades comerciales

Hasta el año 2017, en la Argentina las sociedades pagaban por el Impuesto a las Ganancias una alícuota del 35% sobre los beneficios. A su vez, en su carácter de personas humanas, los accionistas estaban alcanzados por un 10% adicional sobre los dividendos distribuidos, desde que rige la Ley N° 26.893 y hasta el año 2016.

Con la reforma tributaria de 2017 se estableció una reducción gradual de la alícuota societaria combinada con un impuesto cedular sobre las utilidades distribuidas a personas humanas, sucesiones indivisas y beneficiarios o beneficiarias del exterior, de acuerdo con lo siguiente:

Mediante la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública y sus modificaciones se suspendió por un año la reducción en la alícuota de beneficios empresariales que debía regir a partir del período fiscal 2020. En consecuencia, hasta los ejercicios iniciados el 31 de diciembre de 2020 estuvo vigente la alícuota empresaria del 30% y la alícuota del 7% sobre los dividendos distribuidos.

¿Cuáles son las disposiciones del proyecto actual?

La iniciativa propone modificar la Ley de Impuesto a las Ganancias, para reducir las alícuotas que deberán pagar las sociedades comerciales. Se propone una estructura de alícuotas escalonadas con tres segmentos en función del nivel de ganancia neta imponible acumulada:

– Un primer escalón de 25% para ganancias netas acumuladas de hasta $5 millones.
– Un segundo escalón de 30% para ganancias netas acumuladas de entre $5 millones y $20 millones.
– Un tercer escalón de 35% para ganancias netas cumuladas superiores a $20 millones.

Según el Gobierno, este esquema permitirá reducir el impuesto que pagarán las empresas de menores beneficios y mantenerlo para las de un tramo intermedio (que quedan en 30%), mientras que solo se aumentará para empresas con mayores beneficios. Con este nuevo esquema el 90% de las empresas pagarán una alícuota del Impuesto a las Ganancias más baja que la vigente en el período fiscal 2020.

El artilugio que esconde la decisión del Gobierno

No debe pasar por desapercibido que la rebaja para el 90% de las empresas anteriormente mencionada es posible gracias a que la rebaja a 25% se había congelado en 30% a comienzos de 2020. Es decir, el Gobierno suspendió previamente una rebaja y ahora la otorga promocionando la decisión. De esta manera, habría que interpretar la decisión de la siguiente forma:

En definitiva, el proyecto retoma la baja prevista por la reforma fiscal de 2017 solo para quienes facturan hasta $ 5 millones. Para el resto, las alícuotas se mantienen (para el caso de los que facturan entre $ 5 y $ 20 millones) o se incrementan (para los que facturan más de $ 20 millones).

 

El presente artículo es un extracto del Panorama Legislativo que elabora mensualmente Synopsis Consultores para clientes de Ecolatina. 



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